El Gobierno modificó el régimen de contrataciones de la administración pública nacional y amplió los criterios por los cuales una empresa o persona puede quedar excluidas de licitaciones de obras, bienes y servicios. El decreto, publicado en el Boletín Oficial, excluye a los vinculados en causas de corrupción inhabilitados por el Banco Mundial (BM) y del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
La exclusión ya no se limita a casos estrictamente encuadrados como cohecho transnacional, sino que abarca un conjunto más amplio de prácticas sancionadas por esos organismos, entre ellos prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas, obstructivas, apropiación indebida u otras causales.
Según los considerandos del decreto, “toda contratación pública debe desarrollarse en un marco de integridad, transparencia, eficiencia y rendición de cuentas”, y la corrupción “deteriora la confianza en las instituciones públicas” y conduce a un uso ineficiente de los recursos del Estado.
De esta manera, el Gobierno actualizó disposiciones vigentes desde 2016 y 2018 y buscó resolver dificultades operativas detectadas en su aplicación. El Poder Ejecutivo sostuvo que resulta necesario asegurar la efectividad de los mecanismos de exclusión en las compras y obras públicas.
Las modificaciones se enmarcan en el proceso de privatización que inició el Gobierno de Javier Milei y las nuevas concesiones de rutas nacionales sobre las que avanza el Ejecutivo.


