La Sala F del Tribunal Fiscal de la Nación declaró la nulidad de los incrementos de retenciones dispuestos desde el Poder Ejecutivo sin el aval del Congreso, y ordenó devolverle el monto cobrado a la cerealera Bunge Argentina, que había iniciado el planteo legal en 2008.
La compañía cuestionaba un incremento del 20% al 28% en soja, ya que lo consideraba ilegítimo al no haber tenido ratificación parlamentaria. El veredicto estuvo a cargo de los magistrados Pablo Garbarino, Christian González Palazzo y Miguel Licht, quien votó en disidencia.
Los jueces se basaron en un fallo de la Corte Suprema de 2014, cuando había tratado el reclamo de la compañía Camaronera Patagónica y evaluó que el incremento de alícuota por decisión del Poder Ejecutivo era “inconstitucional”.
La reciente decisión judicial abre la puerta a más planteos de este tipo, en un momento en el cual las entidades rurales ponen el eje en este tema, luego de que se rechazara el Presupuesto 2022 en el Congreso de la Nación.
Por medio del proyecto de presupuesto, el Ejecutivo nacional buscaba prorrogar las facultades para fijar los derechos de exportación (DEX) por decreto, algo que establecía, hasta el 31 de diciembre del 2021, el artículo 52 de la Ley de Solidaridad Social.
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