La fiscal penal de Violencia Familiar y de Género de Metán, Susana Redondo Torino, representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala II del Tribunal de Juicio, en la audiencia flexible y multipropósito en la que un hombre de 53 años fue condenado por lesiones leves agravadas por mantener una relación de pareja con convivencia y por género. La investigación se inició con la denuncia de una mujer contra su pareja, indicando que durante una discusión por temas familiares, el individuo le propinó un golpe de puño en la zona de la cabeza y en el antebrazo izquierdo, para luego sostenerla del cuello con intención de asfixiarla e intimidarla para que no lo denuncie. Estos hechos fueron corroborados por el informe médico que detalla escoriaciones lineales y puntiformes con impronta de uña en la región clavicular y en la cara lateral derecha del cuello, así como una equimosis en el antebrazo izquierdo, además de lesiones leves ocasionadas por golpes. La fiscal Redondo Torino resaltó en la imputación el estado de vulnerabilidad y la relación de control y sumisión de la denunciante por parte del acusado, considerando los agravantes por la relación de pareja y por género. Esto se hizo para no solo cumplir con las disposiciones penales internas, sino también para respetar normas constitucionales y convencionales plenamente vigentes en nuestro país, como la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, y la Convención de Belem Do Para. El imputado reconoció los hechos ocurridos el 26 de julio de 2023, prestó conformidad para la realización de un juicio abreviado y la aplicación de la pena requerida. Por su parte, la denunciante manifestó que actualmente continúan juntos y que, tras dialogar, llegaron al acuerdo de que él no ejercería otro acto similar en su contra,y que no le interesa una condena. El Juez Sebastián Fucho, resolvió condenar al hombre a 6 meses de prisión de ejecución e impuso al condenado reglas de conducta consistentes en la prohibición absoluta de ejercer actos de violencia hacia la denunciante y la prohibición de cometer un nuevo delito.
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