Concejales aprobaron excepciones al pago de la Tasa sobre Publicidad y Propaganda a personas emprendedoras, a partir de los 18 años, consideradas pequeños contribuyentes hasta la categoría D inclusive, conforme a la Ley Nacional N° 24.977. Beneficio que se otorgará desde el inicio de la actividad comercial por primera vez en la ciudad de Salta, por un periodo de dos años y no será renovable.
El autor de la iniciativa, concejal Pablo López, al referirse a la iniciativa, indicó que su objetivo “es generar oportunidades para los emprendedores de nuestra ciudad, porqué son quiénes mueven nuestra economía y es al sector que más tenemos que apoyar”. Además, en su alocución resaltó que el beneficio se otorgará de manera “automática cuando el emprendedor se dé de alta, sin necesidad de tener que estar haciendo otros papeles”.
El inciso p), incluido en la norma, quedó de la siguiente manera: “Las personas emprendedoras, de dieciocho (18) años de edad en adelante, que se encuentren comprendidas en la Ley Nacional N° 24.977, Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, Anexo, artículo 2° y artículo 8° hasta la categoría D inclusive. La eximición será otorgada desde el inicio de la actividad comercial, por primera vez en la ciudad de Salta, por un período de dos (2) años no renovables. La solicitud del alta de la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene, le permitirá acceder al emprendedor de manera automática a este beneficio.
Durante el análisis de la iniciativa, la edila Carolina Am relató que el beneficio que se establece “no genera un gran impacto en la recaudación municipal”. En tanto, Emilia Orozco sostuvo que la iniciativa “es una pequeña contribución para que emprendedores ingresen a la economía formal”. Finalmente, su compañera de bancada Agustina Álvarez Eichele, señaló: “Es una herramienta muy útil para todos aquellos jóvenes que deseen emprender”.
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