El Gobierno hará un segundo intento con la Ley de Bases, esta vez es “corta”, para discutir y aprobar en el Congreso una serie de cambios que considera clave en una buena cantidad de impuestos y que podrían marcar la suerte de la relación futura -en términos financieros- con los gobernadores y una reconfiguración del formato que tiene el plan de déficit cero que el Ministerio de Economía propicia para este primer año de mandato.
Algunos tributos tendrán modificaciones que ya fueron ensayadas en la versión inicial de la ley ómnibus. En pleno debate preliminar, antes de que llegara al recinto, el ministro de Economía Luis Caputo retiró el capítulo fiscal para mejorar las chances de conseguir dictamen de comisión. Igualmente días después el proyecto naufragó.
En esta segunda oportunidad esas modificaciones vuelven a estar presentes. Y también lo harán, en rigor, a través de un proyecto diferenciado. “Este proyecto vuelve con blanqueo y modificaciones sobre el impuesto a los Bienes Personales y le incorporaron modificaciones al monotributo”, resumió inicialmente Fernanda Laiun, socia de LFS Tax.
Blanqueo
Por un lado, el blanqueo, que establece que por activos de hasta el equivalente de USD 100.000 no se aplicará alícuota, es decir que será sin costo. Para aquellos montos que superen ese umbral, el proyecto propone alícuotas progresivas del 5%, 10% y 15%, lo que dependerá del momento en que los contribuyentes decidan adherirse al régimen. Estas tasas variarán en tres etapas específicas, diseñadas para fomentar una pronta adhesión.
Si se deposita un monto mayor a USD 100.000 en una cuenta especial de regularización de activos y se deja hasta el 1 de enero del 2026, el costo es igual a cero (Laiún)
Pero también hay un asterisco, montos mayores a USD 100.000 también podrían no tener costo: “Si se deposita el dinero en una cuenta especial de regularización de activos y se deja hasta el 1 de enero del 2026, el costo es igual a cero”, dijo Laiún. Para que eso sea permitido, será necesario invertir en un grupo de activos que determinará más adelante la autoridad de aplicación.
El régimen de regularización establece además plazos específicos para la adhesión, que inicialmente se extienden hasta el 30 de abril de 2025, con la posibilidad de que el Poder Ejecutivo Nacional prorrogue este plazo hasta el 31 de julio de 2025, inclusive.
Con estas medidas, el Gobierno busca no solo incrementar la base imponible sino también ofrecer un camino hacia la regularización fiscal para una amplia gama de contribuyentes, y acelerar la bancarización de moneda extranjera que está fuera del sistema.
Monotributo
El Gobierno propone una actualización de los topes de facturación y cuotas, con subas de entre 300% y 330%. En este caso, el ingreso tope anual sería de $68 millones, con la novedad de que será para actividades de comercio y servicios por igual, y subirían los montos de toda la escala y los importes a pagar.
De aprobarse el proyecto al que apuesta fuerte el Gobierno, los monotributistas con menores ingresos inscriptos en la categoría A podrán facturar hasta $6.450.000 de forma anual, en tanto que los que están en la categoría K, la más alta, pasarán 68 millones de pesos.
Los monotributistas de la categoría A podrán facturar hasta $6.450.000 de forma anual y los de la escala más alta, K, hasta $68 millones al año
El texto incluye también un incremento de los importes que pagan mensualmente los inscriptos en el Régimen Simplificado en concepto del impuesto integrado, y de los aportes al régimen jubilatorio y a la obra social. Además, se fija en $385.000 el precio unitario de facturación tanto para quienes ofrezcan servicios como para quienes vendan productos. Y se establece una actualización anual por inflación.
Bienes Personales
Habrá cambios de tres tipos en el impuesto que grava a los patrimonios: un premio a cumplidores -en paralelo al blanqueo-, una facilidad de pagos para anticipar los pagos de los próximos años y una baja de alícuotas en lo sucesivo.
El nuevo articulado de la Ley Bases plantea un “beneficio para sujetos cumplidores”. Ese premio será, durante 2024, 2025 y 2026, una alícuota menor de Bienes Personales. “Aquellos contribuyentes que hayan cumplido en tiempo y forma la totalidad de sus obligaciones fiscales respecto del Impuesto sobre los Bienes Personales de los períodos fiscales 2020 a 2022, inclusive, tendrán una reducción de la respectiva alícuota de dicho impuesto para los períodos fiscales 2024, 2025 y 2026″, reza la nueva versión de la ley.
En términos prácticos, ese beneficio implicará que las alícuotas de Bienes Personales de esos años, que va de entre 1,25% y 1,5%, sean reducidas a 1% y 1,25%, respectivamente. Para poder calificar como contribuyente cumplidor esa persona no deberá haber ingresado al blanqueo, deberá haber presentado “en tiempo y forma” las declaraciones juradas de Bienes Personales de 2020, 2021 y 2022 y haber cancelado ese monto ante AFIP antes del 30 de noviembre de 2023.
Por otra parte, para las declaraciones juradas con los patrimonios hasta fin de 2023 las tasas serán, tal cual lo previsto, entre 0,5% y 1,50 por ciento. Entre 2024 y 2026 quedarían vigente solo dos alícuotas, entre 1,25% y 1,50% y desde 2027, una única tasa de 0,25 por ciento. En la versión original de la ley ómnibus en 2024 todavía permanecían tasas de entre 0,5% y 1,3%; en 2025 de entre 0,5% y 1,1% y en 2026 de entre 0,5% y 1 por ciento.
Además, el Poder Ejecutivo propondrá un esquema de pago anticipado del tributo por los montos que corresponden a los próximos años, hasta 2027. Se trata del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (“Reibp”), con una alícuota reducida de 0,45% por año (2,25% en total) precisa el articulado.
El Poder Ejecutivo propondrá un esquema de pago anticipado del tributo por los montos que corresponden a los próximos años, hasta 2027 con una alícuota reducida de 0,45% por año
“Los contribuyentes que opten por adherirse al Reibp, tributarán el Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente a los períodos fiscales 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027 en forma unificada”, especifica el proyecto.
Una novedad que detectó Laiún (LFS Tax), es que ”incorporaron que las donaciones que se reciban del 2023 al 2027, entiendo que para evitar avivadas, van a tener que pagar impuesto en el momento en el que se reciban, digamos, un equivalente al régimen especial de ingreso. Y esto hay que hacer un pago a cuenta próximo y el pago de saldo definitivo hay que hacerlo después sobre el impuesto sobre los Bienes Personales normal”, concluyó.
Ganancias
Posiblemente haya sido el articulado más discutido entre la Nación y los gobernadores. Ganancias -que pasaría a llamarse Impuesto a los Ingresos Personales- tiene un rol en el paisaje recaudatorio y de coparticipación que es decisivo en el ida y vuelta federal. Algunos mandatarios provinciales son aún reticentes a habilitar un retorno de la Cuarta Categoría del impuesto.
El ministro del Interior, Guillermo Francos, había adelantado que el nuevo piso de Ganancias llegaría a $1.800.000 para trabajadores solteros sin hijos y de $2.300.000 para trabajadores casados con dos hijos a cargo. Ese es el umbral que quedó fijado.
Las deducciones personales y los tramos de las escalas del impuesto se ajustarán anualmente por la variación del IPC del Indec en octubre del año previo
Respecto a las escalas de alícuotas, tal como aparecen en el borrador serán más progresivas y se moverán en el rango de entre 5% y 35%. La tasa máxima empezará a aplicarse a partir de un ingreso de $36.450.000 y en adelante. Los tramos de las escalas presentan un incremento de entre un 32,07% y un 150,73% respecto al proyecto de Ley que presentó el Gobierno al Congreso en enero pasado.
Por otro lado, el proyecto establece que las deducciones personales y los tramos de las escalas del impuesto se ajustarán anualmente por la variación el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec en octubre del año previo respecto a octubre de un año atrás.