La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recordó que comienzan a vencer los plazos para la presentación y pago de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2022, de acuerdo con la terminación de CUIT.
Según precisó la AFIP, están obligados a pagar y presentar el impuesto a los Bienes Personales aquellos que posean bienes gravados que superen al 31 de diciembre de 2022 el importe de $11.282.141,08.
En ese sentido, la vivienda única y de uso permanente (casa habitación) se computará si supera los $56.410.705,41.
El cronograma de vencimientos estaba previsto originalmente para mediados de junio, pero se postergó hasta ahora tras un pedido que elevó a la AFIP, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.
AFIP: cuándo vence la presentación del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales
El plazo para presentar el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2022 varía de acuerdo con la terminación de la CUIT de cada contribuyente. Las fechas límites son las siguientes.
Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: jueves 22 de junio, inclusive
Terminación CUIT 4, 5 y 6: viernes 23 de junio, inclusive
Terminación CUIT 7, 8 y 9: lunes 26 de junio, inclusive
Una vez realizada la presentación de la declaración jurada, el impuesto debe pagarse el día hábil siguiente según el CUIT. En este caso, las fechas son 23, 26 y 28 de junio, respectivamente.
AFIP: cuándo vence el impuesto cedular o a la renta financiera
El impuesto cedular, más conocido como gravamen a la renta financiera se presenta de manera anual. Se aplica sobre ingresos financieros generados durante el período.
Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: jueves 22 de junio, inclusive
Terminación CUIT 4, 5 y 6: viernes 23 de junio, inclusive
Terminación CUIT 7, 8 y 9: lunes 26 de junio, inclusive
Una vez realizada la declaración jurada del Impuesto Cedular, el impuesto debe pagarse el día hábil siguiente según el CUIT. En este caso, las fechas son 23, 26 y 28 de junio, respectivamente.
Cómo presentar la declaración jurada de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular
En el caso de Impuesto a las Ganancias y del Impuesto Cedular se realizan:
A través del servicio con clave fiscal “Ganancias Personas Humanas – Portal integrado”.
Para el Impuesto sobre los Bienes Personales, la presentación se realiza:
Mediante el servicio web con clave fiscal “Bienes Personales Web”.