La Unidad de Información Financiera (UIF) actualizó el régimen de prevención de lavado de activos para los Registros de la Propiedad Inmueble de todo el país e incorporó nuevas obligaciones de control, monitoreo y reporte sobre operaciones consideradas inusuales.
La medida fue formalizada mediante la Resolución 93/2026 y comenzará a regir 90 días después de su publicación. El nuevo esquema reemplaza disposiciones vigentes desde 2011 y obliga a los registros a adoptar un enfoque basado en riesgo, mediante el cual cada organismo deberá identificar, evaluar y mitigar los riesgos asociados a su propia operatoria.
Uno de los principales cambios se dará en el régimen de reportes mensuales. Hasta ahora, los Registros de la Propiedad Inmueble debían informar las compraventas superiores a 750 salarios mínimos, vitales y móviles y las inscripciones de usufructo vitalicio sobre inmuebles valuados por encima de 200 salarios mínimos.
Con la nueva normativa, deja de ser obligatorio el reporte de usufructos vitalicios y se incorporan dos nuevas categorías: las donaciones y los actos sobre inmuebles otorgados en el exterior.
En este último caso, deberán informarse las inscripciones correspondientes a la constitución, transmisión, modificación o extinción de derechos reales sobre inmuebles cuando el acto jurídico que les da origen haya sido celebrado fuera de la Argentina.

