El Consejo Directivo del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta informa que se estableció el marco regulatorio del asesoramiento jurídico gratuito brindado por entidades externas a la institución.
La Ley N° 5412 prevé la asistencia jurídica a personas carentes de recursos y la obligación, a cargo del Colegio de Abogados y Procuradores, de mantener un consultorio gratuito a fin de evacuar consultas jurídicas, resulta necesario regular los servicios de asesoría brindados por organismos públicos y asociaciones privadas.
Aspectos claves de la resolución:
1. Todos los organismos públicos o privados que quieran ofrecer este servicio, y no cuenten con habilitación establecida por ley, deberán solicitar autorización previa al Colegio.
2. En la solicitud deberán detallar: sede física, días y horarios de atención, abogados matriculados a cargo, y compromiso de cumplir la reglamentación interna sobre consultorio jurídico gratuito.
3. Los organismos autorizados deberán presentar informes bimestrales con datos estadísticos sobre el asesoramiento brindado.
4. Se aplicarán sanciones disciplinarias a aquellos abogados matriculados que presten servicios de asesoramiento jurídico gratuito sin la debida autorización.
Esta medida busca llevar un control sobre la actividad y garantizar un servicio adecuado a la comunidad. Será comunicada a los distintas instancias gubernamentales y publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Salta.
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