El Tribunal Oral Federal N°7 ordenó la liberación del exsecretario de Transporte, Ricardo Jaime. Tenía prisión preventiva por el caso Cuadernos (única causa que lo retenía) y, según aseguró su defensa, tiene un “delicado cuadro de salud”.
El fallo fue firmado por los jueces Enrique Méndez Signori y Germán Castelli, más la disidencia parcial de Fernando Canero.
Jaime está preso desde el 2 de abril de 2016. Si bien tiene condenas por numerosos casos de corrupción en su paso por la administración pública, ninguna está firme. Por lo que deberá su sentencia en libertad. Es, además, el único funcionario que permanecía encarcelado de los que fueron juzgados por la tragedia de Once.
“A partir del sábado Ricardo Jaime va a recuperar la libertad tras siete años de prisión preventiva”, explicó el periodista Sergio Farella. “Como el juicio aun no se llevó adelante, se vencieron los plazos y la Justicia dispuso el cese de la prisión, además de invocar problemas de salud corroborados por el equipo de peritos médicos”.
Entre las múltiples complicaciones judiciales, Jaime fue condenado por la tragedia de Once. También por la compra de trenes a España y Portugal junto al exministro de Planificación, Julio De Vido.
Asimismo, “se sospecha que en la operación de compra ferroviaria, se pagaron millones de euros en sobreprecios y se compró material chatarra. También fue condenado por enriquecimiento ilícito y por dádivas (inmuebles que recibía de empresarios del área de Transporte)”, enfatizó el periodista.
En concreto, el caso Cuadernos es la única causa que mantenía al exfuncionario en prisión. El resto de las causas no escalaron a la Corte Suprema y hasta que la autoridad judicial no confirme una condena, no se da por firme el fallo.
A partir del 18 de marzo, cuando se haga efectiva la libertad de Jaime, los jueces impusieron las siguientes condiciones:
- La promesa del imputado de someterse al procedimiento y de no obstaculizar la investigación;
- La obligación de notificar cualquier cambio de domicilio, como así también toda circunstancia en virtud de la cual deba ausentarse del mismo por más de 48 horas o más de 70 km;
- La prohibición de salir del país sin autorización previa;
- La entrega del pasaporte que tuviere en su poder a través de la defensa –en caso de contar con dicho documento- e interdicción de expedir nuevos a su nombre;
- La colocación de un dispositivo de monitoreo de GPS –Programa de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica”.
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