La Unión Cívica Radical (UCR) suspendió a los cuatro diputados que acompañaron el veto del presidente Javier Milei a la reforma jubilatoria, que incluía un aumento adicional de haberes, votado por el Congreso. El proyecto había sido presentado por el radicalismo. Mariano Campero, Martín Arjol, Luis Picat, Pablo Cervi fueron los legisladores sancionados y apartados del bloque radical hasta que el Tribunal de Ética del partido defina su situación. Lo que se evalúa es el cambio en el sentido del voto luego de una reunión que mantuvieron con el Presidente horas antes de la sesión en la Cámara de Diputados. También analizará la conducta de Roxana Reyes y Gerardo Cipollini, los diputados radicales que se ausentaron de la votación. José Tournier es el quinto de los legisladores radicales que participó de la reunión con Milei, pero aunque forma parte del bloque, no está afiliado a la UCR, por lo que no fue alcanzado por la misma sanción. “No son dueños del partido. No tienen derecho a expulsar a diputados votados por los ciudadanos en la boleta Bullrich-Petri. Los que hoy piden expulsiones quieren volver al país que dejó el kirchnerismo. El ministro de ‘la 125′ quiere una Argentina kirchnerista. No retrocedamos 20 años”, escribió Cantero en su cuenta de X, en referencia al senador Martín Lousteau. El gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo, también cuestionó lo resuelto por el Consejo Nacional partidario. “La política de mayorías populares no es para sectas, ni se hace con purgas. La UCR no es una agrupación universitaria, es un partido nacional. Esta decisión está mal. Le pido a las autoridades del partido que asuman la tarea de conducir, no que sean la voz de una facción”, escribió. La investigación se encuadra en el artículo 53 de la carta orgánica partidaria, que faculta la mesa directiva de la Convención Nacional a “denunciar ante el Tribunal Nacional de Ética las faltas en la conducta de los afiliados y dirigentes partidarios de todos los distritos cuando, por su investidura, lesionen la dignidad del partido” y también “a suspender preventivamente al afiliado en circunstancias graves”, quedando en manos del Tribunal la decisión final.
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