El decreto de necesidad y urgencia firmado por el Gobierno nacional y anunciado por Javier Milei en cadena nacional incorpora la cesión de acciones de Aerolíneas Argentinas y de Austral a los empleados.
El mismo podrá hacerse de forma parcial o total de conformidad con el Programa de Propiedad Participada.
Además establece que “la cesión de los nuevos derechos se prorrateará entre los empleados que decidan participar en dicho programa de ampliación”.
"Los empleados que participen de más de una de estas empresas deberán optar por su participación en una de ellas”, precisa el DNU.
Qué dice el DNU de Milei
Bajo el título “Rescate de Aerolíneas Argentinas y Austral Líneas Aéreas por el Estado Nacional” (Ley N° 26.412) ARTÍCULO 246.establece que se sustituya el artículo 4° de la Ley N° 26.412 y sus normas modificatorias y complementarias.
“ARTICULO 4º.- Autorízase la cesión, parcial o total, del paquete accionario de Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas - Cielos del Sur S.A. y de sus empresas controladas, a los empleados de las respectivas empresas de conformidad con el Programa de Propiedad Participada.”
ARTÍCULO 247.- Derógase el artículo 9° de la Ley N° 26.412. Capítulo III – Utilidad Pública de Aerolíneas Argentinas (Ley N° 26.466) ARTÍCULO 248.- Sustitúyese el artículo 5° de la Ley N° 26.466, por el siguiente:
“ARTÍCULO 5º.- Autorízase la cesión total o parcial de las acciones representativas del capital social a los trabajadores de las empresas Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima y Austral Líneas Aéreas - Cielos del Sur Sociedad Anónima y de sus empresas controladas (Optar S.A., Jet Paq S.A., Aerohandling S.A.) de conformidad con el Programa de Propiedad Participada.
La cesión de los nuevos derechos se prorrateará entre los empleados que decidan participar en dicho programa de ampliación. Los empleados que participen de más de una de estas empresas deberán optar por su participación en una de ellas.”
El decreto de necesidad y urgencia firmado por el Gobierno nacional y anunciado por Javier Milei en cadena nacional incorpora la cesión de acciones de Aerolíneas Argentinas y de Austral a los empleados.
El mismo podrá hacerse de forma parcial o total de conformidad con el Programa de Propiedad Participada.
Además establece que “la cesión de los nuevos derechos se prorrateará entre los empleados que decidan participar en dicho programa de ampliación”.
"Los empleados que participen de más de una de estas empresas deberán optar por su participación en una de ellas”, precisa el DNU.
Qué dice el DNU de Milei
Bajo el título “Rescate de Aerolíneas Argentinas y Austral Líneas Aéreas por el Estado Nacional” (Ley N° 26.412) ARTÍCULO 246.establece que se sustituya el artículo 4° de la Ley N° 26.412 y sus normas modificatorias y complementarias.
“ARTICULO 4º.- Autorízase la cesión, parcial o total, del paquete accionario de Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas - Cielos del Sur S.A. y de sus empresas controladas, a los empleados de las respectivas empresas de conformidad con el Programa de Propiedad Participada.”
ARTÍCULO 247.- Derógase el artículo 9° de la Ley N° 26.412. Capítulo III – Utilidad Pública de Aerolíneas Argentinas (Ley N° 26.466) ARTÍCULO 248.- Sustitúyese el artículo 5° de la Ley N° 26.466, por el siguiente:
“ARTÍCULO 5º.- Autorízase la cesión total o parcial de las acciones representativas del capital social a los trabajadores de las empresas Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima y Austral Líneas Aéreas - Cielos del Sur Sociedad Anónima y de sus empresas controladas (Optar S.A., Jet Paq S.A., Aerohandling S.A.) de conformidad con el Programa de Propiedad Participada.
La cesión de los nuevos derechos se prorrateará entre los empleados que decidan participar en dicho programa de ampliación. Los empleados que participen de más de una de estas empresas deberán optar por su participación en una de ellas.”