El juez federal, Sebastián Casanello, sobreseyó a la vicepresidenta, Cristina Kirchner, en la causa por lavado de dinero conocida como La Ruta del Dinero K, por la que fue condenado el empresario beneficiario de la obra pública en Santa Cruz, Lázaro Báez.
El magistrado tomó esta decisión frente a la ausencia de la acusación a la Vicepresidenta, ya que el fiscal federal, Guillermo Marijuan, había pedido en los últimos días el sobreseimiento de la titular del Senado. Marijuan planteó que aunque es innegable la relación entre la Vicepresidenta y Báez no se pudo comprobar la participación de la dirigente en las maniobras de lavado de dinero por las que fue condenado el empresario.
Casanello mencionó que se consideraron “agotadas las medidas de prueba” y el cierre de la causa que buscó determinar si Cristina Kirchner “participado de las operaciones de lavado de dinero atribuidas en esta causa a Lázaro Báez y su entorno”, hipótesis que no se pudo probar.
La resolución del juez federal fue en línea con los pedidos de la UIF y la AFIP, que se habían sumado al reclamo de sobreseimiento de la Vicepresidenta. El magistrado además rechazó el pedido de la asociación civil Bases Republicanas para que se los tuviera como querellantes y siguiera la investigación contra la expresidenta.
Las claves del fallo que sobreseyó a Cristina Kirchner en la causa de La Ruta del Dinero K
“El pasado 24 de mayo el fiscal Guillermo Marijuan retiró su acusación contra Cristina E. Fernández, tras recibir el informe confeccionado por la DAJUDECO y confirmar a partir de allí un evento considerado por él dirimente: la reunión de finales del 2010 en la Quinta de Olivos, donde el empresario, al ser interrogado por la entonces presidenta, niega y oculta la expatriación ilegal de capitales que para ese entonces venía realizando”.
“Según expuso el imputado colaborador Leonardo Fariña, Báez le manifestó que venía “… de hablar con la jefa, que es Cristina Kirchner y que le había preguntado si él estaba sacando dinero al exterior porque desde la embajada de Estados Unidos le habían comunicado eso. A lo cual, él me dice que le responde que de ninguna manera, pero me dice que seamos más prudentes con los movimientos…”.
“Con el eje puesto en ese diálogo, y tras considerar agotadas las medidas de prueba, dio un cierre a la investigación abierta hace siete años para dilucidar si la exmandataria había participado de las operaciones de lavado de dinero atribuidas en esta causa a Lázaro Báez y su entorno”.
“Frente a la solicitud del acusador y titular de la acción penal de sobreseer -acompañada por el resto de las agencias estatales-, la tarea del juez se encuentra acotada a examinar los requisitos de razonabilidad y legalidad de la petición, que en el presente caso se hayan satisfechos toda vez que la fiscalía ha arribado a una de las soluciones previstas en el ordenamiento legal a través de un razonamiento lógico derivado del examen de las constancias que obran en el expediente”.