Los jueces de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán, Raúl Fernando López, María Laura Toledo Zamora y Héctor Fabián Fayos, condenaron a Juan Ricardo Acosta Martínez, Eric de la Cruz Olivera, Braian Andrés Beltrán Morales y Jorge Bernardo Alexis Romero, a la pena de prisión perpetua.
Los cuatro hombres fueron considerados como autores del delito de homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas en grado de coautores, agravado por el empleo de arma de fuego en perjuicio de Diego Parada.
Además dictaron su inhabilitación absoluta por el término de la condena. Serán incorporados al Banco de Datos Genéticos.
Por su parte, Lorena Elisa Rivero y su hija Elizabeth Lorena Azua fueron absueltas del delito de encubrimiento agravado, al haberse retirado la acusación fiscal en la etapa de alegatos.
El hecho ocurrió el 21 de octubre de 2019. La víctima, Diego Parada, que se desempeñaba como bagayero, circulaba en su vehículo junto a su pareja, cuando lo interceptaron un auto y una moto, desde los que le dispararon a la altura del hombro izquierdo. Falleció mientras lo asistían en el hospital local.
Los cuatro hombres se encuentran detenidos. Romero, por su parte, fue trasladado desde la Cárcel Federal de Jujuy.
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