Una turista que se encontraba en la localidad de Molinos se percató de la presencia de perros que lloraban y peleaban en una propiedad contigua a la que se hospedaba, por lo que llamó al Sistema de Emergencias 911 y realizó la denuncia.
El hecho ocurrió el pasado 17 de julio, y una vez constituido en el lugar personal policial procedió a realizar la inspección ocular de la propiedad, encontrándose con los canes, dispersos por todo el terreno, en medio del desorden, restos de basura, y excrementos.
Se encontraron con alrededor con decenas de animales de distinto porte, pelaje y edades, en un espacio no apropiado para su protección y cuidado. En el momento, se levantaron muestras fotográficas del lugar y del estado de los canes y se dejó constancia de la inspección realizada.
Si bien el propietario argumentó que los tenía para protegerlos, el lugar no reunía las condiciones necesarias para el cuidado, alimentación y esparcimiento, tal como lo prevé la ley de tenencia responsable.
A raíz de ello, el fiscal penal de Cachi, Daniel Escalante, derivó el caso al Centro de Mediación de Cachi, dependiente del Ministerio Público de Salta, compareciendo la denunciante con asesoramiento letrado del Instituto de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Salta y el propietario del terreno donde se encontraba la jauría.
En el acuerdo se convino la esterilización de los 50 animales que se encontraban en la propiedad, mediante solicitud al Servicio de Zoonosis. El hombre se comprometió también a buscarle un nuevo hogar a aproximadamente 25 animales más pequeños, a través de una campaña de adopción.
En otro de los puntos del acuerdo, se fijó que, en razón de la gran cantidad de canes, una ONG presentaría nota a diferentes empresas locales con el fin de buscar colaboración para su manutención.
Las demás cláusulas fijaron la realización de un taller de sensibilización sobre cuidado responsable, bienestar animal y el amor, respeto y trato digno a todos los animales sintientes, por parte del propietario de los canes. Se fijó, además, un plazo de seguimiento de seis meses para su cumplimiento y caso contrario, se informe al fiscal Escalante.
Cabe recordar que la Ley 14346 de Protección Animal, en su artículo 1 prevé que “será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales”, entendiéndose como actos de maltrato el no alimentar en cantidad y calidad suficiente, entre otros; mientras, son considerados actos de crueldad la vivisección, mutilación de animales, como también lastimar, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos, entre otros. (Foto ilustrativa)
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