El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual Rodrigo González Miralpeix requirió ante el Juez de Garantías 4 la remisión a juicio de la causa contra un hombre de 76 años imputado por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vinculo, la guarda, la convivencia preexistente y por el uso de armas en perjuicio de su nieta adoptiva, y abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vinculo, la guarda y la convivencia preexistente en perjuicio de su bisnieta. La investigación se inicia a partir de la denuncia de una mujer en contra su abuelo adoptivo con quien convivió en su mismo domicilio. Relata que al cambiar los pañales de su hija de dos años, esta le manifiesta malestar en su zona intima, responsabilizando a su bisabuelo. Destacó la mujer, que las palabras de su hija fueron el desencadenante para revivir el abuso que había padecido ella por parte del hombre, desde los 9 y hasta los 12 años, donde ademas de someterla a actos de tocamiento, la obligaba a ver pornografía manteniéndola amenazada con un cuchillo. La denunciante señaló que los hechos sucedieron en muchas oportunidades cuando su abuela adoptiva se ausentaba de la casa para trabajar. Una prima que estaba al tanto, se quedaba con ella para evitar que siguiera sucediendo, pero tuvo conocimiento que ella también fue abusada por su abuelo. Señaló que nunca se animó a denunciar lo que ocurría por temor a que la ingresaran a un Hogar para niños. Según el relato de la mujer, al tomar conocimiento sobre lo sucedido con su hija, enfrentó al acusado y para esto grabó la conversación donde el hombre reconoce haber abusado de ella cuando era menor, le ofrece pagarle un alquiler para que se aleje de la casa e incluso le ofrece poner a su nombre un vehículo y la vivienda, a cambio de que no lo denuncie. En las actuaciones de la Fiscalía que permiten avanzar hacia el requerimiento, obra respecto a la menor de dos años el informe de examen médico practicado por el médico legal y la declaración testimonial en CCTV que ratifican lo denunciado por su madre. En cuanto a las pericias psicológicas practicadas, respecto a la niña destaca que no se evidencian elementos que den cuenta de mendacidad y señala una conducta que puede estar vinculado a vivencias intrusivas en su intimidad; respecto a la madre, ademas de no encontrar indicadores de fabulación, se observan síntomas reactivos post traumáticos donde se pudieron encontrar indicadores de vivencias de avasallamiento en su intimidad, en la esfera de la sexualidad. Entre otros elementos recabados se encuentra también el testimonio de la prima de la denunciante que ratifica que fue víctima de abuso del cuando era niña, por parte de su abuelo, desde los 9 hasta los 12 años. El fiscal González Miralpeix señala en su requisitoria que el imputado, valiéndose de su superioridad física, de la diferencia de edad existente entre él y las víctimas, de la posición de superioridad en que se colocó, del vínculo familiar existente del cual se derivaba una obligación de cuidado sobre aquellas y la convivencia previa entre ambos, perpetró un serio acometimiento en contra de las damnificadas, vulnerando su libertad sexual. Respecto de denunciante, además cabe consignar que el acusado habría perpetrado estos hechos utilizando un arma blanca (cuchillo) lo que aumentaba significativamente su poder de amedrentamiento.
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