En la segunda jornada de la audiencia debate seguida contra Manuel Cornejo, exintendente de Campo Quijano, acusado de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, peculado (cuatro hechos), todo en concurso real; y Carmen Rosa Méndez, exsecretaria de Hacienda de ese municipio por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y peculado, todo en concurso real, prestaron testimonio los investigadores de la Unidad de Delitos Económicos Complejos y testigos civiles.
La fiscal Penal de la UDEC, Ana Inés Salinas Odorisio, representa al Ministerio Público Fiscal y sostiene la acusación contra el exjefe comunal y la exsecretaria de Hacienda, presentando las pruebas recabadas a lo largo de la investigación.
En ese marco, durante la declaración de uno de los policías que prestó testimonio hoy, se presentaron en pantalla gigante conversaciones entre los imputados que demuestran la existencia del delito de peculado, que le imputa Salinas Odorisio.
Los delitos
La intervención de la UDEC inició en enero de 2020, con la denuncia del actual intendente de Campo Quijano, Carlos Héctor Folloni, quien aseguró que había detectado desorden y ausencia de documentación municipal relacionada a la actividad contable.
A través de la investigación realizada, desde la UDEC identificaron distintos ilícitos.
El primero ocurrió el 30 de agosto de 2018, cuando el imputado adquirió -en beneficio personal- una camioneta Chevrolet S10, que fue abonada con fondos municipales, a través del libramiento de dos cheques girados sobre la cuenta de titularidad del Municipio por la suma de $ 750.000. El vehículo fue inscripto a nombre de Gonzalo Fernando Cornejo, según consta en el formulario 08 secuestrado.
Surgió como segundo hecho que el imputado Cornejo, a pocos días de finalizar su mandato como Intendente, sustrajo maquinaria pesada y otros bienes muebles, que fueron llevados a una finca, con el fin de evitar ser descubiertos. Es que el 2 de diciembre de 2019, Cornejo firmó un contrato de locación de un predio de 3000 metros cuadrados del Loteo Pucará de Rosario de Lerma, donde depositó las maquinarias que luego fueron secuestradas y que según expresó verbalmente Cornejo, le pertenecían.
El titular del predio manifestó en su declaración que Cornejo le pidió un sector de la finca para guardar la maquinaria, a fines de noviembre o principios de diciembre de 2019, sin darle mayores explicaciones. Tampoco supo quién llevó hasta allí la maquinaria. Sin embargo, un empleado que se desempeñó por 14 años en el municipio y que estuvo cargo del parque automotor; sostuvo que en los primeros días de diciembre de 2019, hizo un inventario en el que consignó todas las maquinarias del taller y del parque automotor.
Surgió que en ese inventario, solamente consignó las máquinas que había en el canchón, pero que había otras en el predio de la Usina Municipal. Sobre las máquinas secuestradas en el predio de la Finca Pucará, sostuvo que cuando llegó al lugar, las reconoció a todas como las que antes estaban en el Municipio, pues se encargaba de su reparación. Ello dio cuenta que el imputado, días previos a finalizar su función, dispuso en su beneficio personal sobre las maquinarias del municipio, además de haber pagado con fondos municipales los seguros correspondientes de los vehículos.
Por otra parte, la fiscal tuvo por acreditada la participación punible de Cornejo en el tercer hecho, que surgió de las declaraciones testimoniales y de la documentación hallada en el municipio, que prueban la sustracción de fondos municipales para ser entregados en forma discrecional; a razón de $500 a las personas que lo solicitaran como ayuda social, sin verificar la existencia real de dicha necesidad. Surgió de los recibos, que no se estableció ni el beneficiario ni el monto que se otorgaba, por lo que la maniobra fue utilizada para disponer libremente de fondos municipales en beneficio propio.
Por último, se tuvo por acreditado un cuarto hecho, mediante constancias del Banco Macro, que el imputado extrajo a través de diversas personas, fondos municipales sin haberse podido determinar el destino asignado y que llevó a cabo la misma maniobra respecto de los fondos depositados en el Banco Patagonia. Sobre estos últimos, se giraron cheques con extracciones de sumas de dinero del municipio y se constituyeron plazos fijos, con los consecuentes beneficios financieros.
Luego, se extrajeron los fondos públicos que no ingresaron al municipio sin haberse podido determinar tampoco su destino real, dada la inexistencia de un circuito administrativo y respaldo documental. Ello produjo un grave perjuicio al erario municipal, del orden de los $84.000.000 (ochenta y cuatro millones de pesos). A esto se sumó que para justificar el retiro de esos fondos, se ordenó a los auxiliares de tesorería que se imputaran a la cuenta “gastos reservados”, según surgió de distintas declaraciones.
Además existen copias de los cartulares que eran emitidos a la orden de la imputada Carmen Rosa Méndez y luego endosados para ser cobrados por los empleados del Municipio, quienes concurrían a la entidad bancaria del Banco Patagonia ubicada en la rotonda de Limache, por orden de la acusada, para traer dinero para el “doctor”, en referencia a Cornejo.
La maniobra también fue acreditada con los mensajes extraídos del teléfono celular del acusado -y que fueron exhibidos en pantalla gigante hoy ante el Tribunal- de los que surgió la maniobra descripta: esperar la trasferencia de fondos nacionales o provinciales, transferirlos a la cuenta del Banco Patagonia, constituir plazos fijos para generar intereses y luego disponer de esos fondos, los que incluso, fueron retirados en bolsos, meses antes de finalizar su mandato.
Todo los descripto, dio cuenta que tanto Cornejo como Méndez, desplegaron conductas penales típicas del peculado, pues eran quienes tenían a su cargo la administración y custodia de los caudales públicos, de los que se apropiaron y que les correspondía administrar, con abuso del poder de Cornejo en disponibilidad que le fuera otorgado en razón de su cargo y con el consiguiente quebranto para las arcas públicas.