Se realizó la tercera sesión ordinaria de la Cámara de Senadores en la que se aprobaron tres proyectos de Ley en definitiva que pasan al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Con dictamen de la Comisión de Economía, Finanzas Publicas, Hacienda y Presupuesto, se aprobó el Proyecto de Ley en revisión, por el cual se adhiere la provincia de Salta al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento establecido por la Ley Nacional 27.506 y sus normas reglamentarias.
El proyecto establece la creación del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia de Salta, para la formación y radicación de empresas que tengan por objeto las actividades previstas en el artículo 2° de la Ley Nacional 27.506. y también de un Registro Provincial de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia de Salta, el que funcionará en el ámbito del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, o el organismo que en el futuro lo reemplace, donde deberán inscribirse los sujetos que aspiren a ser beneficiarios del régimen provincial.
La Ley nacional tiene como objetivo promocionar actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los avances de la ciencia y de las tecnologías, a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos, con los alcances y limitaciones establecidos en la presente ley y las normas reglamentarias que en su consecuencia se dicten.
Los beneficios a los que accederán son Estabilidad fiscal por el plazo diez (10) años, en relación a los Impuestos a las Actividades Económicas y de Sellos, Exención del cincuenta por ciento (50%) del Impuesto a las Actividades Económicas por cinco (5) años para los ingresos provenientes del desarrollo de las actividades económicas promovidas; Exención del Impuesto a las Actividades Económicas por los ingresos obtenidos por la exportación de servicios cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior y por la venta de productos y mercaderías efectuadas al exterior por el exportador con sujeción a los mecanismos aplicados por la Dirección General de Aduanas, de bienes y servicios relacionados con las actividades aquí promovidas.; Exención del cien por ciento (100%) del Impuesto de Sellos por cinco (5) años y reducción del cincuenta por ciento (50%) del mismo por cinco (5) años más, para todos los actos, contratos y/o instrumentos que se celebren con motivo de la ejecución, explotación y/o desarrollo de las actividades económicas promovidas.
Se aprobó el Proyecto de Ley en revisión mediante el cual se adhiere la provincia de Salta a la Ley Nacional 25817, de Creación del Programa Nacional de Educación para la Prevención Sísmica.
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