El procurador general de la provincia de Salta, Pedro Oscar García Castiella, presentó una acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento contra el Juez de Garantías 1 de Orán, Francisco Oyarzú, solicitando su destitución. La acusación se basa en que su accionar habría sido contrario a las exigencias legales y constitucionales propias del cargo, entendiéndose que la conducta del magistrado lesiona el servicio de justicia y deslegitima su permanencia. En la presentación realizada se detalla y acompaña documentación que expone el manejo irregular de varios casos por parte del magistrado. Se destaca que, si bien cada uno de ellos alcanza para constituir un supuesto de mal desempeño, el accionar funcional del juez refleja un claro patrón de conductas intolerables para la sana crítica y un juicio de valor elemental, puesto que termina desnaturalizando su actuación dentro de los límites de la investigación penal. Esto teniendo en cuenta los principios generales del sistema acusatorio y de garantías, puesto que su conducta provocó una exasperada demora en las urgentes peticiones y diligencias investigativas requerida por el Ministerio Público Fiscal. Tal es así que cada vez que interviene el magistrado denunciado, cualquier requerimiento en su función de Juez de Garantías se convertía en una suerte de carrera de obstáculos, que luego de periodos excesivos y largos, el Tribunal de Impugnación lograba corregir los desvíos y falta de racionalidad del denunciado. Sin embargo, todo ello insumía tiempo y daños a las investigaciones puesto que dichas demoras impactaban contundentemente con las necesidades de pesquisas ágiles y eficaces. El primer hecho en que se basa la acusación ante el Jury, consiste en el caso “Abra de Sol”, en el que se encuentran imputados, entre otras personas, Cristian Gabriel Palavecino, Brian Gabriel Palavecino y José Dimas Ruiz, por el asalto cometido el 16 de diciembre de 2022 a la empresa Abra de Sol. Que en dicha investigación, a cargo de la Unidad de Litigio Estratégico contra el Crimen Organizado, en fecha 22 de noviembre de 2023 se le solicita al juez Oyarzú autorización para extraer datos de los celulares y demás dispositivos de almacenamiento secuestrados. Allí comienza el tortuoso periplo para poder acceder a la información sorteando todas las trabas dispuestas por el magistrado hasta que en fecha 20 de marzo de 2024 la Sala III del Tribunal de Impugnación ordenó al Juez de Garantías 1 que autorice la medida que había rechazado. En definitiva, el mal desempeño del Juez retrasó cuatro meses la realización de una medida indispensable para el avance de la investigación, en cuanto a la posibilidad de la extracción y obviamente, el posterior análisis de toda este cúmulo de información. García Castiella valoró que la parsimonia que tuvo el magistrado para dilatar las resoluciones de los pedidos de la Fiscalía no fue la característica de las respuestas dadas a los pedidos de la defensa. Así, entre las numerosas salidas autorizadas al imputado José Dimas Ruíz, llama la atención la de fecha 28 de junio de 2024, en la que se le permite salir para asistir a un estudio contable de la ciudad de Orán a los fines de mantener una “reunión comercial”. Compulsado el expediente, se advierte que el mismo día, a horas. 8.30, obra la presentación de la defensa técnica del imputado, la que el Juez resolvió en la fecha, sin requerir aclaraciones o verificar condiciones de seguridad del lugar y lo que es más importante, sin correr vista a la Fiscalía para que emita opinión. Máxime, teniendo en cuenta que la investigación no se encontraba concluida y que justamente su objeto está constituido por un violento robo de una suma de dinero de $13.000.000 y U$S 160.000, la que no fue recuperada en los allanamientos realizados.
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