El fiscal penal Daniel Alejandro Escalante, interino en la Fiscalía 4 de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia flexible y multipropósito en la que un hombre de 51 años fue condenado por resultar autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple agravado por ser cometido por un encargado de la educación y la guarda, abuso sexual simple agravado por ser cometido por un encargado de la educación y la guarda continuado en dos hechos, y abuso sexual simple continuado agravado por ser cometido por un encargado de la educación y la guarda y exhibiciones obscenas agravadas por ser cometidas en perjuicio de un menor de 18 años de edad continuado. La denuncia fue radicada en noviembre de 2023 por un hombre, en representación de su hija de 15 años de edad, relatando que la menor asiste a una escuela de futbol y que ese día tomó conocimiento de que el entrenador sometía a tocamientos a las alumnas durante las clases y partidos de futbol. Cuando el padre consulto a la menor si este era el motivo por el que desde hace un mes venía eludiendo acudir a los entrenamientos, esta estalló en llanto confirmando las sospechas. El hombre señaló que posteriormente hubo una reunión de padres con el presidente del Club donde estuvo el entrenador, quien negó los hechos. Posteriormente se presento a radicar la denuncia una mujer, en representación de su hermana de 12 años, quien llegó llorando y le contó que le había manifestado al entrenador que le dolían las costillas por un golpe en la clase de educación física. El profesor la abrazo y la sometió a tocamientos no pudiendo apartarlo ya que la tenia tomada muy fuerte. Una tercera denuncia fue realizada por una mujer en representación de su hija de 13 años, que se enteró a través de la menor anteriormente mencionada, de que su hija también había sido sometida a tocamientos y que esta era una practica común, de parte del entrenador con todas sus compañeras. La versión fue confirmada luego por parte de la hija de la mujer quien dijo que no le contó nada porque tenia miedo de que se le prohibiera ir a jugar al futbol. Por ultimo otra mujer realizo la denuncia en representación de su hija de 13 años quien le relato que ella también había sido sometida a tocamientos. Tras el acuerdo de juicio abreviado, en el cual el acusado reconoció su autoría en los hechos y aceptó la pena impuesta, la jueza Ada Guillermina Zunino lo condenó a tres años de prisión de ejecución condicional. Además, se le impusieron reglas de conducta bajo el expreso apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se revocará la condicionalidad de la pena. Entre las condiciones impuestas, se encuentra la obligación de realizar tratamiento psicológico en el Programa de Intervención con Agresores de Violencia de Género. También deberá abstenerse de concurrir a los lugares donde asistan las víctimas y/o su grupo familiar, así como evitar cualquier contacto con ellas por cualquier medio de comunicación. Se le prohíbe el uso de estupefacientes o el abuso de bebidas alcohólicas. Asimismo, se le impone la prohibición de acercarse a la víctima y de ejercer actos de violencia física o psíquica en perjuicio de las damnificadas y su grupo familiar. El acusado deberá fijar un domicilio y someterse al cuidado del Patronato de Presos y Liberados. Finalmente, se le prohíbe expresamente dictar clases de fútbol o cualquier otro deporte a menores de edad, tanto de manera privada como en cualquier club deportivo.
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