La fiscal Penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Ana Inés Salinas Odorisio, requirió juicio al Juzgado de Garantías 5 por estafas reiteradas (183 hechos) y asociación ilícita, en concurso real para ocho personas implicadas en la causa Socco Internacional.
Facundo Daniel Córdoba, Celeste Valeria Salinas, Benjamín Jesús Córdoba y Rosario Del Milagro Carrazán están acusados de ser autores de los delitos de 183 estafas reiteradas. Asimismo, Facundo Daniel Córdoba está acusado de ser el jefe/organizador de la asociación.
Por su parte, la UDEC acusa, en calidad de coautores, a Facundo Tobias Ruiz, de los delitos de estafas reiteradas (136 hechos) y asociación ilícita, en concurso real; a Juan Francisco Bakun, de estafas reiteradas (63 hechos) y asociación ilícita, en concurso real; a Matías Adrián González, de estafas reiteradas (139 hechos) y asociación ilícita, en concurso real, a Camilo Romero, de estafas reiteradas (119 hechos) y asociación ilícita, en concurso real
Tras llevar adelante una minuciosa investigación, la fiscal Salinas Odorisio consideró que Facundo Daniel Córdoba (en su carácter de jefe/organizador) actuó en connivencia con el resto de los acusados, pero actuando cada uno con distinta distribución de tareas, mediante engaños y aparentando pertenecer a una empresa seria, entre junio de 2019 y abril de 2022.
Los acusados ofrecían la construcción de viviendas prefabricadas mediante la suscripción de contratos, para generar mayor confianza de la operación realizada a las víctimas. Además, solicitaron importantes sumas de dinero, que fueron abonadas por los damnificados, sin que cumplieran con la entrega de las viviendas.
En el escrito elevado al Juzgado de Garantías, la fiscal de UDEC aseguró que Córdoba y los otros acusados “actuaron a sabiendas desde el inicio de la operación de que no cumplirían, toda vez que se pudo vislumbrar que el encartado Facundo Cordoba, sabiendo claramente que no cumpliría con las entregas de las viviendas, desde que recibía a los potenciales clientes, distribuía las tareas a ejecutar en las empresas con los demás miembros de la organización, los que en algunos casos actuaron en forma permanente en la firma y en otros desempeñaron tareas transitoriamente, analizando cada detalle de lo que se hacía para evitar las consecuencias legales y realizando incluso en algunos casos cumplimientos parciales para eludir la responsabilidad penal, haciendo parecer que se trataba de meros incumplimientos contractuales, logrando captar y manipular la voluntad de personas que, movidas por la necesidad y el anhelo de obtener la vivienda propia, fueron burladas en su buena fe, buscando únicamente obtener sumas de dinero para su propio beneficio”
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