La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que el 31 de marzo es la fecha límite para presentar el formulario de declaración jurada F. 572 Web. Los empleados en relación de dependencia, jubilados, pensionados y otros sujetos expuesto al régimen deberán ingresar en dicha solicitud, las deducciones del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2022.
En la declaración jurada, se pueden cargar todas las percepciones sufridas del impuesto PAIS por compras en el exterior con tarjeta o compra de dólar ahorro. La AFIP recuerda que el Impuesto a las Ganancias es anual.
Es un sistema que permite a los empleados registrar y actualizar las deducciones del Impuesto a las Ganancias y a los empleadores realizar las liquidaciones correspondientes. Allí se deben cargar las distintas deducciones y desgravaciones que será enviado al empleador.
AFIP recuerda que para realizar el trámite se necesita contar con clave fiscal nivel 2 o superior y habilitar el servicio SIRADIG en la página web del organismo ingresando al “Administrador de Relaciones” con “Clave Fiscal”.
¿Cómo hacer el trámite para informar las deducciones de Ganancias del período fiscal 2022?
- El trabajador en relación de dependencia debe ingresar al sitio de la AFIP, con número de CUIL/CUIT y clave fiscal;
- Tiene que entrar al servicio SIRADIG/Trabajador;
- En la pestaña Datos personales debe volcar su información personal y en Empleadores cargar los datos referidos a tu empleador, consignando si es tu agente de retención y, de ser el caso, informá sobre tu condición de pluriempleo, es decir, si tenés más de un empleador
- Luego, haga click en Carga de Formulario. Ingresá tus deducciones, percepciones y/o retenciones.
- Cuando termines la carga de todos los ítems, seleccioná el botón Vista previa y consultá el borrador con los datos cargados hasta el momento.
- Para finalizar la presentación del formulario, hacé clic en Enviar al empleador y luego en Generar presentación. El trámite es gratuito.
¿Qué gastos pueden ser deducibles?
Alquileres: es el 40% del monto pagado hasta $451.683,19
Aportes a Sociedades de Garantía Recíproca (SGR).
Aportes jubilatorios, en caso de que sean voluntarios.
Cónyuge o conviviente: el valor es de $421.088,24 en 2023.
Créditos hipotecarios: interés de las cuotas hasta $20.000 anuales.
Gastos de sepelio: hasta $996,23 anuales por personas incluidas como carga de familia.
Gastos educativos: hasta $180.673,28 para hijos de hasta 24 años.
Gastos y honorarios médicos: de hasta el 40% de la factura
Guardería: reintegro de estos gastos cuando la empresa no cuente con las instalaciones correspondientes para hijos de hasta tres años. El tope máximo es de $180.673,28.
Hijos incapacitados para el trabajo: $424.712,74
Hijos menores de 18 años: $212.356,37
Impuesto a los débitos y créditos.
Indumentaria y equipamiento
Salud privada o medicina prepaga: hasta el 5% de ganancia neta del año.
Seguros de retiro: hasta $42.921,24
Seguros de vida (titular y familiares a cargo): hasta $42.912,24.
Servicio doméstico: para 2023, es de hasta $451.683,19
Viáticos: hasta $451.683,19 anuales para viajes de larga distancia y $180.673,28 anuales para aquellos de corta distancia en 2023.