Con casi $15.000 millones del “dólar soja”, el Gobierno oficializó el Programa de Fortalecimiento Productivo Argentino con el que busca asistir a ganaderos en la sequía y asegurar la oferta de carne vacuna.
Lo hará por medio de una iniciativa para engorde a corral con un cupo de 720.000 cabezas. Entregará $5200 por ejemplar durante 4 meses, con un máximo de 100 animales.
La iniciativa está dirigida a productores que ingresen y mantengan ganado bovino en engorde a corral por un período mínimo de 120 días y que lo remitan a faena para el mercado interno en un plazo no mayor a un mes.
Cómo funcionará el beneficio del Gobierno para los ganaderos
De acuerdo con la Resolución 321/2023 publicada en el Boletín Oficial, el programa destinará hasta $14.976 millones para la cobertura de los beneficios y tendrá un cupo total de asistencia de 720.000 cabezas, que se fraccionará en 4 cupos parciales de 180.000 animales a lo largo de la vigencia de la convocatoria.
El beneficio asignado por el programa tendrá un límite máximo de 100 cabezas y se financiará con fondos del Programa de Incremento Exportador I y II (PIE), más conocidos como “dólar soja”.
Cada beneficiario recibirá una compensación de $5200 mensuales, por un total de 4 meses, por cada cabeza de ganado bovino que haya ingresado al programa cumpliendo los requisitos, hasta un tope máximo de 100 cabezas.
El valor unitario de compensación será de $20.800, producto del valor de la compensación mensual por cabeza multiplicado por 4. Y el monto máximo de compensación por beneficiario hasta el tope máximo de 100 cabezas será de $2.080.000.
Requisitos para el registro
Podrán ser beneficiarios del programa los que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) y tengan declarada la Cría de Ganado Bovino como actividad ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en cualquiera de sus modalidades: invernada de ganado, engorde en corrales y/o producción de leche.
Además, tendrán que registrar existencias de bovinos al 31 de diciembre de 2022 en el RENSPA, en unidades productivas de su titularidad, así como declarar bajo juramente, en cada solicitud, el número de los documentos de tránsito específicos DTA o DT-e cerrados con motivo del programa.
La individualización de animales en los documentos DTA y DT-e del inciso deberá contar con los datos establecidos en el Sistema Nacional de Identificación de Ganado Bovino y estar vinculados con un RENSPA de origen y un RENSPA de destino de engorde a corral, este último inscripto en el Registro Nacional de Establecimientos Pecuarios de Engorde a Corral, ambos correspondientes a la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del solicitante.
La convocatoria a los productores interesados tiene una vigencia de 120 días corridos a partir de este miércoles 22 de marzo, y es improrrogable, según indica la resolución oficial.
La disposición establece, además, que si un productor, sin exceder su tope máximo de 100 cabezas, efectuara una solicitud por un número mayor a la disponibilidad remanente del cupo parcial, se admitirá a trámite la totalidad de la solicitud, descontando del cupo parcial siguiente -siempre que haya- la cantidad correspondiente de cabezas por las que se asignara el beneficio.
En tanto, si la solicitud por un número mayor del remanente, sin exceder el tope máximo del productor, fuere efectuada por éste en el último período de vigencia del programa, el cupo total quedará ampliado hasta cubrir la totalidad de las cabezas por las que el requerimiento fuere declarado procedente.
La compensación para cada ganadero será fijada según la cantidad de animales en engorde a corral, las cabezas identificadas en un documento de tránsito DTA o DT-e Invernada Programa en Corral cerrado admitidas en la resolución de asignación.
Durante el plazo de vigencia de la propuesta, los productores interesados en recibir el beneficio deberán efectuar las solicitudes correspondientes cumpliendo las siguientes condiciones: ingresar a través del servicio de Autogestión de la Secretaría de Agricultura del sitio web de la AFIP, mediante la utilización de la Clave Fiscal.