El Gobierno anunció que desde el 1° de enero de 2023 los salarios menores a $404.000 brutos mensuales no estarán alcanzados por el Impuesto a las Ganancias. El anuncio lo hizo el ministro de Economía, Sergio Massa, a través de su cuenta de Twitter. La suba interanual del piso del tributo es de 78,83% y quedará por debajo de la inflación esperada para este año.
El cálculo de alza en el piso de Ganancias surge después de la difusión del acumulado anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), que se usa para actualizar cada año los parámetros del impuesto. De esta manera el ingreso mínimo alcanzado por el impuesto se ubicará 22,42% por encima del actual piso, que se ubica en $330.000 y rige para los dos últimos meses del 2022.
El ministro de Economía anunció en Twitter: “Con gran esfuerzo del Estado, pero convencidos de que el salario no es ganancia, sino remuneración, el 1° de enero se actualizará nuevamente el piso a partir del cual se paga el Impuesto a las Ganancias, llevando alivio fiscal a más de 300.000 trabajadores que dejarán de pagarlo”.
Massa dijo que “con este alivio fiscal en el 2023 ningún trabajador que cobre menos de $404.062 lo pagará, sosteniendo también la progresividad en la entrada para evitar los saltos en las escalas del impuesto”. Explicó que “además, se actualizarán las deducciones personales y los tramos de la escala del impuesto para generar alivio fiscal a los asalariados de mayores ingresos”.
El titular del Palacio de Hacienda dijo que “serán menos de 600.000 asalariados en todo el país los que pagarán el impuesto a partir de estas actualizaciones”, en cumplimiento con el compromiso de que “del total de los trabajadores y trabajadoras, menos del 10% sean los que tributen el Impuesto a las Ganancias”.
El ministro de Economía dijo que esta medida es parte del “compromiso constante de cumplir con una hoja de ruta que lleve alivio fiscal a la población” mientras se mejora “el ingreso, el poder adquisitivo y la calidad de vida de la gente”.
A diferencia de las actualizaciones por decreto, la del inicio del año incluye la suba de mínimo no imponible (MNI), la deducción especial que eleva el umbral desde el que se tributa, y las principales deducciones que puede hacer el contribuyente para aliviar la carga impositiva y las escalas.
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