Ningún empleado de comercio ganará menos de 574 mil pesos desde enero. Así lo acordaron las cámaras empresariales y el sindicato de Comercio, que enrola a casi 2 millones de afiliados.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (Udeca), firmaron un acuerdo paritario mensual con un incremento que incluye una recomposición del 11% para diciembre (se suma al 13,3% acordado en el cierre paritario anterior), más un incremento del 20% en lo que respecta a enero, lo que lleva al salario básico a $573.423 con presentismo.
Además, se acordó volver a negociar en febrero.
Al respecto, Armando Cavalieri, secretario general de FAECYS, destacó: “Estos acuerdos no solo responden a las exigencias del momento, sino que también reflejan nuestro compromiso con los trabajadores”.
Cavalieri dijo que "en un escenario marcado por la incertidumbre, con incrementos muy fuertes de los precios, y valoramos enormemente la colaboración entre todos los sectores involucrados para mantener un equilibrio justo y sostenible".
El acuerdo salarial, que se firmó en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, corresponde a la paritaria que va de abril 2023 a marzo 2024.
Las negociaciones seguirán el mes próximo.
Los datos difundidos por la Cámara de Comercio.
La Cámara de Comercio, por su parte, dijo que se acordó un incremento de los básicos de 11% desde enero de 2024, tomando como base de cálculo las remuneraciones de diciembre de 2023; y un aumento no remunerativo de 20% desde enero, que toma como base de cálculo las remuneraciones básicas de enero de 2024.
“El monto no remunerativo mencionado se incorporará a las escalas del mes de abril de 2024, por su valor nominal”, indicó la entidad presidida por Mario Grinman.
“Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de enero de 2024 y hasta el 31 de marzo de 2024, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en febrero de 2024 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido”, indicó.
Además, aclaró que “los incrementos no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación”.
La revisión se da en el marco del compromiso de reunión durante enero –a iniciativa de cualquiera de las partes– para analizar lo pactado en el acuerdo del pasado 26 de octubre ante las variaciones económicas registradas desde entonces, previsto en la cláusula quinta del mencionado entendimiento.